Artículo 56
1.- El Rey es el Jefe del Estado. Símbolo de su unidad
y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento de las instituciones, asume
la más alta representación del Estado Español en las relaciones
internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y
ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las Leyes.
2.- Su título es el de Rey de España y podrá utilizar
los demás que correspondan a La Corona.
3.- La persona del Rey es inviolable y no está sujeta
a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma
establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo
lo dispuesto en el artículo 65, 2.
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